Actualización Carta porte 3.0 aplicación SoftFacturas
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En este articulo vamos a visualizar los cambios realizados a la aplicación de SoftFacturas con las actualizaciones del complemento carta porte. Únicamente remarcaremos las secciones nuevas y los atributos.
Remarcamos nuevamente que algunos atributos son condicionales por lo que únicamente son proporcionados dependiendo del tipo de mercancia u operación de traslado.
NOTA: Los campos requeridos para el complemento siempre estarán marcados con un * (asterisco) independientemente del medio de transporte. Cabe mencionar de igual manera que existirán secciones que tendrán marcados algunos campos como requeridos, sin embargo, la sección puede ser condicional pero algunos de sus campos son requeridos, si estos no se llenan el sistema dejará pasar el timbrado, como por ejemplo: La sección de dirección de la Figura Transporte.
Actualización del complemento carta porte 3.0
Sección principal del complemento de carta porte.
- Folio de complemento IdCCP : Este folio se genera automaticamente por la aplicación y no puede ser modificado, es el identificador único del complemento.
- Régimen aduanero : Es condicional y debe especificar el régimen por lo cual estarán sujetas la operación.
- Registro ISTMO : Es condicional y solo debe registrar si la operación se realiza al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del ISTMO.
- Ubicación polo origen: Es condicional y solo se aplica si el "Registro ISTMO" es "Si". Debe seleccionar una región donde inicia el traslado.
- Ubicación polo destino: Es condicional y solo se aplica si el "Registro ISTMO" es "Si". Debe seleccionar una región donde termina el traslado.
Sección Mercancias
- Logística de recolección o devolución: Es condicional y solo podría proporcionarse si el medio es autotransporte. Se especifica cuando se hace uso de algun servicio de logística inversa,recolección o devolución.
Sección Mercancía
En la esta sección se añaden y se modifican agrupadores de información.
- Mercancía: Se añaden 2 nuevos campos para describir la mercancia.
- Detalle producto: Este grupo de datos es nuevo y se captura información relacionada a la mercancia cuando se trate de un medicamento, plaguicidas, psicotrópicos.
- Importadora/Permisos: Grupo nuevo de información los permisos e información relevante de la mercancia cuando se trate de un medicamento, plaguicidas, psicotrópicos.
- Documentación aduanera: Este grupo es un reemplazo de "Pedimentos" de la versión 2.0 y se añadieron campos para recolectar más información aduanal.
Grupo de "Mercancía"
- Tipo materia : Se especifica el tipo de materia del bien o la mercancia que se traslada en una operación de comercio exterior.
- Descripcion materia: Se especifica una descripción del estado de la materia o producto al realizar la operación de comercio exterior.
Grupo "Detalle producto"
Esta sección es condicional y debe proporcionarse la información dependiendo la mercancia que se envia en este caso si se trata de medicamentos, plaguicidas, psicotrópicos,etc. Sí al menos un valor condicional se proporcionar los demas se vuelven requeridos.
- Sector COFEPRIS: Es condicional y especifica la clasificación del producto que se traslada y que debe contar con autorización de la autoridad correspondiente.
- Nombre químico: Es condicional y especifica el nombre de la sustancia activa de los precursores, químicos de uso dual o sustancias tóxicas.
- Denominación genérica: Es condicional y debe expresar el fármaco o la sustancia activa del medicamento, psicotrópico o estupefaciente.
- Denominación distintiva: Es condicional y se expresa la marca con la que se comercializa el producto.
- Fabricante: Es condicional y expresa el nombre o razón social del establecimiento que realiza la fabricación o manufactura.
- Fecha de caducidad: Es condicional y expresa la fecha de caducidad del medicamento, psicotrópico o estupefaciente.
- Lote medicamento: Es condicional y se expresa la denominación que identifica y confiere trazabilidad del producto que se traslada.
- Forma farmacéutica: Es condicional y se expresa la forma farmacéutica o mezcla del medicamento.
- Condiciones especiales: Expresa la condicion en la que debe mantenerse el producto durante el traslado.
- Nombre ingrediente activo: Expresa el nombre común del ingrediente activo de los precursores,químicos de uso dual o sustancias tóxicas.
Grupo "Importadora / Permisos"
Esta sección es condicional y debe proporcionarse la información dependiendo la mercancia que se envia en este caso si se trata de medicamentos, plaguicidas, psicotrópicos,etc. Sí al menos un valor condicional se proporcionar los demas se vuelven requeridos.
- Registro sanitario o folio autorización: Se expresa el registro sanitario o folio de autorización con el que cuenta la empresa para la operación de traslado.
- Permiso de importación: Se expresa el folio del permiso de importación.
- Folio Imp. VUCEM: Se especifica el número de folio de importación VUCEM para la identificación del documento.
- Número CAS: Especifica el número Chemical Abstract Service (CAS) con el que se identifica el compuesto químico de la sustancia tóxica.
- Razón social empresa importadora: Se especifica el nombre de la empresa importadora de la sustancia tóxica.
- Número registro sanitario plaguicidas: Se especifica el número de registro sanitario de plaguicidas o fertilizantes cuya importación,comercialización y uso están permitidos en México.
- Datos del fabricante: Se registra el país y nombre o razón social de quien produce o fabrica el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante
- Datos del formulador: Se registra el país y nombre o razón social de quien formula el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
- Datos del maquilador: Se registra el país y nombre o razón social de quien maquila el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
- Uso autorizado: Se registra el uso autorizado del plaguicida o fertilizante de acuerdo a la regulación del país.
Grupo "Documentación aduanera"
Esta sección anteriomente llamada "Pedimentos" se complemento con nueva información y cambio de nombre a "Documentación aduanera". Es condicional la sección por lo que si no lo requiere no debe proporcionarse la información.
- Tipo documento: Se expresa el tipo de documento aduanero que se encuentra asociado a la operación de traslado.
- Número de pedimento: Expresa el número de pedimento de importación. Esta formado por 2 dígitos del año de validación, 2 dígitos de la aduana, 4 dígitos de la patente, 1 dígito que corresponde al último dígito del año en curso y 6 digitos de la numeración progresiva de la aduana. En cada grupo de digitos separado por 2 espacios, por ejemplo: 23 10 4578 3457894
- Identificador documento: Se especifica el folio del documento aduanero asociado al traslado de bienes.
- RFC Importador: Especifica el RFC del importador registrado en la documentación aduanera.
Medios de transporte
En la información de medios de transporte se actualizaron en los siguiente medios.
- Autotransporte: En este medio se añadio un campo para agregar el peso vehicular.
- Marítimo: Se añadio diversa información con relación a contenedores y remolques.
Sección Autotransporte
El dato requerido Peso bruto vehicular para este medio.
Sección Marítimo
- Puntal : Especifica la longitud del puntal, definida en pies, con la que cuenta la embarcanción o buque.
- Id CCP Relacionado: Se registra el identificador del complemento de Carta Porte (IdCCP) de un CFDI previamente certificado para el traslado de bienes mediante autotransporte, solo aplica para traslados mediante ferri.
- Placa Vehicular CCP: Se registra la placa vehicular del autotransporte en el CFDI con complemento carta porte,solo aplica para traslados mediante ferri.
- Fecha certificación CCP : Se registra la fecha de certificacion del CFDI con complemento de carta porte del autotransporte,solo aplica para traslados mediante ferri.
- Clave subtipo remolque CCP: Se especifica la clave del subtipo del remolque o semiremolque que se emplean con el autotransporte,solo aplica para traslados mediante ferri.
- Placa CCP: Se especifica la placa vehicular del autotransporte registrado en el CFDI con complemento del autotransporte,solo aplica para traslados mediante ferri.
NOTA: Para estos casos maritimos deberá existir una carta porte previa con el medio autotransporte para elaborar el cruce a través de ferri del mismo autotransporte.